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LAS INDULGENCIAS

LAS INDULGENCIAS SON GRACIAS ESPECIALES DE MISERICORDIA por las cuales se perdona la pena temporal que se tiene que pasar sufriendo
en el Purgatorio por los pecados veniales o de los pecados mortales ya perdonados en la Confesión. pero que necesitan purificar las tendencias desordenadas que dejan el pecado (reato) aunque éste pecado haya sido perdonado.

Hay necesidad de reparar el daño causado y necesidad de purificar el desorden que el pecado introdujo en el propio pecador y que afectó a la Iglesia, porque todo mal que yo haga repercute en toda la Iglesia, porque somos un mismo cuerpo. También repercute en la Iglesia todo el bien que yo haga.Ejemplo: Un dolor fuerte muelas me repercute en todo el cuerpo: no me deja dormir, no me deja estudiar, ni trabajar. ni hacer deporte etc.

EL Purgatorio es un estado donde van las almas que mueren en pecado venial y alli durante un tiempo (Pena temporal) deben purgar sufriendo sus pecados veniales o purgar las tendencias pecaminosas  (Reato de la Pena temporal)

Esto lo concede la Iglesia por el poder que dió Cristo a San Pedro, el primer Papa el poder de atar y desatar ( Mateo 16,18s) y se pide hacer una OBRA y cumplir unos REQUISITOS (lo explico más adelante)

Las indulgencias se pueden aplicar por nosotros o por los difuntos del Purgatorio

ACLARACIÓN:
La PENA  TEMPORAL del Purgatorio es por un tiempo determinado, y después se pasa al Cielo eterno
La PENA  ETERNA  es la que se vive sufriendo siempre en el Infierno eterno y de ahí no se sale
Aparte la Indulgencia, también nos ayuda para la conversión personal y para hacer obras de piedad y caridad. El Papa San Pablo VI dice
que es una ayuda para despojarnos del hombre viejo y revestirnos del hombre nuevo (Carta Sacrosanta Portinculae 59 (1966)

San Pablo VI dictó las normas para ganar las Indulgencias el 1 de Enero del 1967 (Constitución Apostolica: Indulgenciarum Doctrina) y después editó la Penitenciaria Apostólica, con la autorización del Papa, la Primera edición de El Manual de Indulgencias el 29 de Junio 1968 (Enchidirion Indulgentiarum)
La Cuarta edición del Enchidirion Indulgentiarum fue el 16 de Julio de 1999 (Estos documentos están recogidos en el libro de la Conferencia Episcopal Española “MANUAL de INDULGENCIAS” Madrid 2023 Edita: Libros Liturgicos)

La Iglesia concede  dos tipos de INDULGENCIAS:
1º)    INDULGENCIAS  PARCIALES son las que reducen parcialmente un tiempo en el Purgatorio
2º)   INDULGENCIAS  PLENARIAS  reducen todo el tiempo que se tendría que estar en el Purgatorio
El alma que está en el Purgatorio, al aplicarle la Indulgencia Plenaria, sale de él inmediatamente y pasa al Cielo eterno.
Antes del Concilio Vaticano II se hablaba de días concretos de Indulgencias (Ejemplo rezando esta oración se gana una indulgencia parcial de 100 días, es decir que esos días se restan al tiempo que uno debiera estar en el Purgatorio). Pero eso de los días se quitó pasando a la Indulgencia Parcial y Plenaria. Los días hacen referencia a nuestro tiempo terreno y el Purgatorio es un estado fuera del universo, es otro tiempo).

Solo se puede ganar una indulgencia plenaria al día
Para ganar una indulgencia el fiel debe estar en Gracia de Dios

Paso a Hablar de las Indulgencias plenarias
PREGUNTA
¿Cómo ganar una Indulgencia Plenaria?
Hay Indulgencias Plenarias que solo se conceden en un tiempo limitado Por ejemplo en Cuaresma, en Año Santo o Jubilar, en una fiesta muy importante etc.

Ejemplo: Pasando la Puerta Santa de un Templo determinado en un Año Jubilar (La OBRA sería aquí pasar la Puerta Santa) y así se gana la Indulgencia, pero además hay que cumplir para cada Indulgencia cuatro REQUISITOS)

Para toda Indulgencia hay que hacer una OBRA y cumplir unos REQUISITOS
Comienzo hablando de las OBRAS que se pueden hacer cada día para ganar la Indulgencia Plenaria no hablo aquí de las Indulgencias Plenarias que se conceden en un día determinado o en un tiempo especial.
Cuatro OBRAS DIARIAS para la Indulgencia Plenaria
(Atención: Solo hay que hacer una OBRA, no las cuatro)
1ª)     Rezar el Sto. Rosario en familia, o en comunidad religiosa, o un
grupo de fieles, o rezarlo uno solo en una Iglesia
2ª)     Media hora de Adoración al Santisimo Sacramento en una
Iglesia. Delante de la Custodia o delante del Sagrario.
3ª)     Media de hora de Lectura de la Biblia
4ª)     Rezando el Sto. Viacrucis

Cuatro REQUISITOS para cada Indulgencia Plenaria
1ª)      Detestar todo pecado  (esto es obvio)
2º)     Comulgar ese día
3º)     Rezar por el Papa (generalmente se hace Padrenuestro, Ave María y Gloria)
4º)     Confesarse No es nesario confesarse el mismo día que se gana la Indulgencia (ver las aclaraciónes siguientes)
SI gano una Indulgencia Plenaria un día determinado y la aplico por mi y hace 2 años que no he ganado otra Indulgencia Plenaria Desde ese día que la he ganado la última Indulgencia para atrás (2 años) no deberé estar en Purgatorio. Pero si yo muero al cabo de 6 meses con pecados veniales o tendencias pecaminosas, solo estaré en el Purgatorio lo correspondiente a esos 6 meses. No estaré lo correspondiente a 2 años y seis meses

LA INDULGENCIA y LA CONFESION SACRAMENTAL

Una Confesión vale para 15 indulgencias (esto lo dicen muchos moralistas, creo que esto no aparece en los textos oficiales de la Iglesia. Yo no lo he encontrado, pero es una opinión común)
TRES EJEMPLOS sobre la Confesión y las Indulgencias
1) Si yo me confieso hoy y durante los 15 dias siguientes hago cada día una Obra que me concede indulgencia, yo gano 15 indulgencias. No hace falta confesarse cada día
2) Si yo hago una Obra cada día, durante 15 días seguidos (una Obra que me conceda indulgencia) y me confieso el ultimo día. Yo gano 15 indulgencias. No hace falta confesarse cada día
3) Vamos a poner unos días determinados, por ejemplo del 1 al 15 de Febrero Si durante ese tiempo yo hago 5 Obras que me dan indulgencia, por ejemplo hago una Obra los días siguientes: Días: 2, 6, 9, 11 y 15 de Febrero y me confieso el día 10 de Febrero, yo gano 5 Indulgencias No hace falta confesarse 5 veces.

También este tema se puede consultar la explicación en forma breve y más concisa en el Manual OREMUS de la Conferencia Episcopal Chilena págs.. 240-
241. (Desde el año 1939 hasta hoy, de este Manual se han publicado casi 2 millones de ejemplares)
P. José Luis Iglesias

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